Para la salida de la mercancía de procedencia extranjera de Comercio Exterior de CORFERIAS, los expositores deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- La mercancía podrá permanecer en las instalaciones de la Zona Franca hasta dos (2) meses después de finalizado el evento.
- Una vez termine el evento las mercancías que no hayan sido nacionalizadas deben regresar a las bodegas de la Zona Franca de CORFERIAS para su correspondiente tramite, es decir, nacionalizar, trasladar o reexpedir. No serán recibidas si no están debidamente empacadas, enguacaladas o plastificadas.
- Cuando las mercancías sean retiradas después de los seis (6) días siguientes a su culminación, el expositor debe cancelar el valor correspondiente al bodegaje de las mismas, liquidado hasta el momento en que se retiren. De igual manera, el expositor debe tramitar los formularios que requiera para la salida de las mercancías dependiendo del tipo de operación a realizar.
- CORFERIAS no entregará ninguna mercancía procedente del exterior que no haya sido previamente liberada documentalmente, es decir nacionalizada, autorizada para reexpedir o autorizada para trasladar a un usuario industrial de otra Zona Franca, trámite que adelanta el Departamento de Comercio Exterior y la DIAN en CORFERIAS.
- Si se pretende hacer una reexpedición o un traslado de mercancía de zona franca a zona franca, el expositor debe contratar un medio de transporte que permita sellar con precintos (furgonado) la mercancía, para que la Aduana en CORFERIAS autorice la ejecución de esta operación.
- El trámite de salida de mercancía de procedencia extranjera únicamente se puede realizar mediante un Agente de Aduana.
Equivalencia de Formularios de Salida de Mercancía Sin Nacionalizar
FORMULARIO No. 5: Para traslado de mercancía a un usuario industrial de otra zona franca
Este formulario ampara las mercancías que se retiran de CORFERIAS para ser trasladadas a un usuario industrial de otras zonas francas industriales de bienes y servicios o transitorias. El expositor debe realizar este trámite ante la Jefatura de Comercio Exterior de CORFERIAS y la DIAN mediante un Agente de Aduana (recuerde presentar copia del contrato celebrado con el usuario en zona franca que recibirá su mercancía).
FORMULARIO No. 7: Reexpedición de mercancía de CORFERIAS al país de origen o un tercer país
El expositor debe realizar este trámite ante la Jefatura de Comercio Exterior de Corferias y la DIAN mediante un Agente de Aduana.
Se debe anexar la guía pre-cortada (transporte aéreo – suministrada por la aerolínea con la cual se despachará la mercancía). Si es por DTA (transporte marítimo) o DTAC (transporte terrestre) se debe anexar el documento debidamente diligenciado por la agencia de carga y autorizado por la DIAN (suministrado por la compañía de transporte con la cual se tramita su despacho).
FORMULARIO No. 8: Para la salida de mercancía nacionalizada dentro de la Zona Franca
Este formulario ampara las mercancías que fueron nacionalizadas dentro de la Zona Franca Permanente Especial. El trámite de este formulario lo debe realizar una persona natural o jurídica con cédula de ciudadanía o NIT del gobierno colombiano. El expositor debe realizar dicho trámite ante la DIAN y el retiro documental y físico de la mercancía se debe realizar ante el Departamento de Comercio Exterior de Corferias mediante un Agente de Aduana.
Este formulario cuenta con un anexo de CONOCIMIENTO DE PERSONA QUE NACIONALIZA MERCANCÍA, el cual deben diligenciar en su totalidad y adjuntar fotocopia de Certificado de Cámara de Comercio y Cédula del Representante Legal.
Salida de Mercancía Nacional y Nacionalizada
Las mercancías ingresadas con el formulario No. 2 “Ingreso de mercancía nacionalizada” y con el formulario No. 3 “Ingreso de mercancía nacional”, no deben diligenciar formulario de salida.
Estas mercancías se retirarán del recinto ferial una vez termine el evento, con las copias del Paz y Salvo o Autorizaciones de Salida Provisional de Mercancía firmadas y selladas por la Jefatura de Comercio Exterior de CORFERIAS y cada Supervisor Operativo.